- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2457
Artículo 2457 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El permiso del que habla el artículo anterior solo es obligatorio durante el tiempo y época estrictamente necesarios, según las costumbres del lugar. Esto significa que no tienes que pedirlo por más tiempo del que sea indispensable. La única excepción es si tú y la otra persona acuerdan algo diferente por escrito.
Texto oficial
Artículo 2457.- El permiso a que se refiere el artículo que precede, no será obligatorio sino en el período y por el tiempo rigurosamente indispensable, conforme a las costumbres locales, salvo convenio en contrario.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.