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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2457
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2457

Artículo 2457 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El permiso del que habla el artículo anterior solo es obligatorio durante el tiempo y época estrictamente necesarios, según las costumbres del lugar. Esto significa que no tienes que pedirlo por más tiempo del que sea indispensable. La única excepción es si tú y la otra persona acuerdan algo diferente por escrito.

Texto oficial

Artículo 2457.- El permiso a que se refiere el artículo que precede, no será obligatorio sino en el período y por el tiempo rigurosamente indispensable, conforme a las costumbres locales, salvo convenio en contrario.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 236) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.