Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 247 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El esposo o la esposa que no esté incapacitado puede pedir que se anule el matrimonio si éste se hizo sin el permiso del tutor de su pareja con discapacidad mental. También el tutor de esa persona con discapacidad puede hacer esa petición. Es decir, si alguien se casó sin la autorización de quien cuida legalmente a su pareja con incapacidad, ellos pueden solicitar que el matrimonio se cancele.

Texto oficial

Artículo 247.- Tienen derecho de pedir la nulidad a que se refiere la fracción IX del artículo 156, el otro cónyuge o el tutor del incapacitado.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 29) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.