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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2500
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2500

Artículo 2500 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te prestan algo como comodato, no puedes pasárselo a nadie más sin pedir permiso al dueño. Si lo haces, estás violando el acuerdo desde el momento en que ocupas el objeto. El comodante es la persona que te prestó la cosa.

Texto oficial

Artículo 2500.- Sin permiso del comodante no puede el comodatario conceder a un tercero el uso de la cosa entregada en comodato.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 240) ↗

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