Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2500
- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2500
Artículo 2500 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si te prestan algo como comodato, no puedes pasárselo a nadie más sin pedir permiso al dueño. Si lo haces, estás violando el acuerdo desde el momento en que ocupas el objeto. El comodante es la persona que te prestó la cosa.
Texto oficial
Artículo 2500.- Sin permiso del comodante no puede el comodatario conceder a un tercero el uso de la cosa entregada en comodato.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.