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Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2521

Artículo 2521 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el depositario (la persona que cuida algo que le dejaron) no es totalmente incapaz (es decir, sí puede entender lo que hace), pero actúa con dolo o mala fe (a sabiendas de que está haciendo algo malo o con la intención de engañar), entonces un juez puede obligarlo a pagar los daños y perjuicios (los gastos o pérdidas que causó por su culpa). Esto solo aplica si su error fue intencional, no si fue un accidente o descuido.

Texto oficial

Artículo 2521.- Cuando la incapacidad no fuere absoluta, podrá el depositario ser condenado al pago de daños y perjuicios, si hubiere procedido con dolo o mala fe.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 241) ↗

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