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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2522
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2522

Artículo 2522 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien te encarga guardar algo (como un objeto, dinero o un documento), tienes la obligación de cuidarlo tal como te lo dieron. Además, debes devolverlo en cuanto la persona te lo pida, incluso si al inicio acordaron un plazo para entregarlo y ese plazo todavía no se cumple. Si por tu culpa o descuido el objeto se daña, se echa a perder o sufre algún perjuicio, tú eres el responsable de esos daños. En otras palabras, quien recibe algo para guardarlo responde por cualquier maltrato o deterioro causado por su falta de cuidado.

Texto oficial

Artículo 2522.- El depositario está obligado a conservar la cosa objeto del depósito, según la reciba, y a devolverla cuando el depositante se lo pida, aunque al constituirse el depósito se hubiere fijado plazo y éste no hubiere llegado. En la conservación del depósito responderá el depositario de los menoscabos, daños y perjuicios que las cosas depositadas sufrieren por su malicia o negligencia.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 241) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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