- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2564
Artículo 2564 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te da permiso para hacer algo en su nombre (como un encargo o trámite) y de repente ocurre un accidente o situación de emergencia que hace que sea mejor no seguir sus instrucciones, tú puedes pausar ese encargo. Pero tienes que avisarle a la persona que te dio el permiso lo más rápido posible, por teléfono, mensaje o como puedas. Esto aplica solo si tú, como encargado, consideras que seguir las instrucciones ya sale perjudicial por lo que pasó. No puedes dejarlo tirado sin avisar; debes comunicarlo para que él decida qué hacer.
Texto oficial
Artículo 2564.- Si un accidente imprevisto hiciere, a juicio del mandatario, perjudicial la ejecución de las instrucciones recibidas, podrá suspender el cumplimiento del mandato, comunicándolo así al mandante por el medio más rápido posible.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.