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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2590
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2590

Artículo 2590 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que si un abogado o representante legal cuenta los secretos de su cliente a la otra parte, o le da papeles o información que dañen a su propio cliente, ese abogado tiene que pagar todos los daños y perjuicios que cause. Además, puede enfrentar un castigo por el Código Penal, que ya tiene reglas para esos casos. En palabras simples, el abogado no puede traicionar la confianza de su cliente compartiendo datos privados con el contrario. Si lo hace, le va a ir mal tanto en lo económico como en lo legal.

Texto oficial

Artículo 2590.- El procurador o abogado que revele a la parte contraria los secretos de su poderdante o cliente, o le suministre documentos o datos que lo perjudiquen, será responsable de todos los daños y perjuicios, quedando, además, sujeto a lo que para estos casos dispone el Código Penal.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 248) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.