- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2621
Artículo 2621 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si varios expertos participan en un concurso para hacer planos, diseños o presupuestos, y desde el principio saben que solo van a elegir al mejor, ninguno puede cobrar por su trabajo, a menos que hayan acordado por escrito que sí les pagarán.
Texto oficial
Artículo 2621.- Cuando se haya invitado a varios peritos para hacer planos, diseños o presupuestos, con el objeto de escoger entre ellos el que parezca mejor, y los peritos han tenido conocimiento de esta circunstancia, ninguno puede cobrar honorarios, salvo convenio expreso.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.