- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2623
Artículo 2623 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien hace un plano, diseño o presupuesto para un proyecto pero la persona a quien se lo ofreció no lo acepta, el autor aún tiene derecho a cobrar si otra persona construye la obra siguiendo ese mismo plano o presupuesto. Esto aplica aunque se hayan hecho cambios pequeños en los detalles. En pocas palabras, si usan tu trabajo sin tu permiso, puedes cobrar por él.
Texto oficial
Artículo 2623.- El autor de un plano, diseño o presupuesto que no hubiere sido aceptado, podrá también cobrar su valor si la obra se ejecutare conforme a él por otra persona, aun cuando se hayan hecho modificaciones en los detalles.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.