- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2630
Artículo 2630 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te contrata para hacer un trabajo por partes o por medidas (como armar una casa poco a poco), puedes pedirle al dueño que vaya recibiendo cada parte terminada y te pague solo por esa parte. El dueño no tiene que pagar todo hasta el final, sino que te debe pagar conforme vayas entregando las piezas que acordaron.
Texto oficial
Artículo 2630.- El que se obligue a hacer una obra por piezas o por medida, puede exigir que el dueño la reciba en partes y se la pague en proporción de las que reciba.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.