- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2668
Artículo 2668 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando te hospedas en un hotel, hay dos tipos de hospedaje: el "expreso", que es cuando tú y el hotel acuerdan de manera clara las reglas (como el precio o el horario), y el "tácito", que ocurre cuando no hay un acuerdo escrito, pero aplican las reglas generales que publique el gobierno. El dueño del hotel está obligado a tener esas reglas escritas y colocarlas en un lugar donde todos las puedan ver fácilmente, como en la recepción o en la entrada. Así, tanto tú como el hotel saben a qué atenerse, incluso si no firmaron ningún contrato.
Texto oficial
Artículo 2668.- El hospedaje expreso se rige por las condiciones estipuladas y el tácito por el reglamento que expedirá la autoridad competente y que el dueño del establecimiento deberá tener siempre por escrito en lugar visible.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.