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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2710
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2710

Artículo 2710 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Aunque uno o varios socios hayan sido nombrados administradores, los demás socios siguen teniendo derecho a revisar cómo van los negocios de la sociedad. Pueden pedir que les muestren los libros, documentos y papeles para ver si todo está en orden y, si encuentran algo mal, hacer las reclamaciones que consideren necesarias. Además, ninguna persona puede renunciar a este derecho, aunque lo intente; si lo hace, ese acuerdo no vale.

Texto oficial

Artículo 2710.- El nombramiento de los socios administradores no priva a los demás socios del derecho de examinar el estado de los negocios sociales y de exigir a este fin la presentación de libros, documentos y papeles, con el objeto de que puedan hacerse las reclamaciones que estimen convenientes. No es válida la renuncia del derecho consignado en este artículo.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 259) ↗

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