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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2719
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2719

Artículo 2719 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si los dueños de una sociedad no acordaron que solo uno de ellos se encargue de administrar, entonces todos los socios pueden participar en la toma de decisiones y en el manejo del negocio. Para decidir algo, se usa el voto de la mayoría (más de la mitad de los socios), y esa votación se hace siguiendo las reglas del artículo 2,713 (que explica cómo calcular la mayoría). En pocas palabras: si no hay un administrador único, todos opinan y gana lo que apruebe la mayoría.

Texto oficial

Artículo 2719.- Cuando la administración no se hubiere limitado a alguno de los socios, todos tendrán derecho de concurrir a la dirección y manejo de los negocios comunes. Las decisiones serán tomadas por mayoría, observándose, respecto de ésta lo dispuesto en el artículo 2,713. Fe de erratas al artículo DOF 21-12-1928 CAPITULO IV De la Disolución de las Sociedades

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 260) ↗

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