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Artículo 275 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando una pareja pide el divorcio, el juez puede ordenar que se separen de manera temporal mientras termina el juicio. Durante ese tiempo, el juez también tiene que tomar medidas para que los hijos sigan recibiendo lo necesario para vivir, como comida, vivienda, escuela y atención médica. Esto se hace para proteger a los niños mientras se resuelve el divorcio.

Texto oficial

Artículo 275.- Mientras que se decrete el divorcio, el juez autorizará la separación de los cónyuges de una manera provisional, y dictará las medidas necesarias para asegurar la subsistencia de los hijos a quienes hay obligación de dar alimentos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.