- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2756
Artículo 2756 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Imagina que eres aparcero, o sea, trabajas con el ganado de alguien más. El dueño de ese ganado tiene la obligación de que puedas usar y tener los animales sin problemas. Si alguien se los lleva o los pierdes por culpa del dueño (evicción es cuando un juez o un tercero te quita los animales), el dueño debe reemplazarlos. Si no lo hace o no cumple con lo que prometió en el trato, él tiene que pagarte por todo el daño y las pérdidas que te haya causado.
Texto oficial
Artículo 2756.- El propietario está obligado a garantizar a su aparcero la posesión y el uso del ganado y a substituir por otros, en caso de evicción, los animales perdidos; de lo contrario, es responsable de los daños y perjuicios a que diere lugar por la falta de cumplimiento del contrato.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.