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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2788
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2788

Artículo 2788 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La renta vitalicia es un dinero que alguien te da periódicamente mientras vivas. Este artículo dice que si el pago se hace mientras tú estés vivo, no termina hasta que te mueras. O sea, la obligación de pagarte sigue vigente hasta tu fallecimiento. No importa cuánto tiempo pase, mientras tú sigas con vida, te deben seguir pagando. Solo se acaba cuando tú mueres.

Texto oficial

Artículo 2788.- La renta vitalicia constituida sobre la vida del mismo pensionista, no se extingue sino con la muerte de éste.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 266) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.