- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2799
Artículo 2799 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El fiador (la persona que promete pagar si el deudor no lo hace) solo puede comprometerse a pagar menos que la deuda original, nunca más. Si por error se obligó a pagar más, su obligación se reduce automáticamente hasta igualar lo que debe el deudor principal. Además, si hay duda sobre si el fiador se comprometió por menos o por el mismo monto, la ley asume que se obligó por la misma cantidad que el deudor.
Texto oficial
Artículo 2799.- El fiador puede obligarse a menos y no a más que el deudor principal. Si se hubiere obligado a más, se reducirá su obligación a los límites de la del deudor. En caso de duda sobre si se obligó por menos o por otro tanto de la obligación principal, se presume que se obligó por otro tanto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.