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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2800
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2800

Artículo 2800 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el fiador prometió pagar una lana si la persona que pidió el préstamo no hace algo específico (como entregar un objeto o realizar un trabajo), entonces el fiador tiene que cumplir con pagar esa cantidad de dinero. O sea, no solo respaldas deudas de dinero, también puedes garantizar que se cumplan acciones o entregas. Si el deudor principal falla en hacer lo que prometió, el fiador paga los centavos acordados.

Texto oficial

Artículo 2800.- Puede también obligarse el fiador a pagar una cantidad en dinero, si el deudor principal no presta una cosa o un hecho determinado.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 267) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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