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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2808
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2808

Artículo 2808 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las cartas de recomendación donde alguien dice que otra persona es honrada y paga sus deudas no cuentan como una fianza. Esto significa que quien escribe la carta no está obligado a pagar si la persona recomendada no cumple con lo que debe. En términos simples, una recomendación amable no te convierte en fiador ni te hace responsable de las deudas de otros.

Texto oficial

Artículo 2808.- Las cartas de recomendación en que se asegure la probidad y solvencia de alguien, no constituyen fianza.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 268) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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