- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2808
Artículo 2808 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las cartas de recomendación donde alguien dice que otra persona es honrada y paga sus deudas no cuentan como una fianza. Esto significa que quien escribe la carta no está obligado a pagar si la persona recomendada no cumple con lo que debe. En términos simples, una recomendación amable no te convierte en fiador ni te hace responsable de las deudas de otros.
Texto oficial
Artículo 2808.- Las cartas de recomendación en que se asegure la probidad y solvencia de alguien, no constituyen fianza.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.