- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2815
Artículo 2815 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La excusión significa que, cuando alguien no te paga una deuda, se pueden usar todos sus bienes (como su casa, carro o dinero en el banco) para cobrar lo que te debe. Primero se venden esos bienes y lo que saquen se aplica a la deuda. Si con eso se paga todo, la deuda se termina; si no alcanza, solo se cobra lo que se pudo y lo demás ya no se debe o se reduce. En pocas palabras, es el proceso de agarrar lo que el deudor tiene para pagarte, hasta donde alcance.
Texto oficial
Artículo 2815.- La excusión consiste en aplicar todo el valor libre de los bienes del deudor al pago de la obligación, que quedará extinguida o reducida a la parte que no se ha cubierto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.