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Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2815

Artículo 2815 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La excusión significa que, cuando alguien no te paga una deuda, se pueden usar todos sus bienes (como su casa, carro o dinero en el banco) para cobrar lo que te debe. Primero se venden esos bienes y lo que saquen se aplica a la deuda. Si con eso se paga todo, la deuda se termina; si no alcanza, solo se cobra lo que se pudo y lo demás ya no se debe o se reduce. En pocas palabras, es el proceso de agarrar lo que el deudor tiene para pagarte, hasta donde alcance.

Texto oficial

Artículo 2815.- La excusión consiste en aplicar todo el valor libre de los bienes del deudor al pago de la obligación, que quedará extinguida o reducida a la parte que no se ha cubierto.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 268) ↗

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