Artículo 285 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Aunque un papá o una mamá pierdan el derecho de cuidar y tomar decisiones por sus hijos (eso es la patria potestad), todavía tienen la obligación de mantenerlos, protegerlos y darles lo que necesiten. La ley dice que no se pueden librar de sus responsabilidades económicas y de cuidado solo porque ya no tengan la patria potestad. Por ejemplo, aunque otro familiar o el Estado se encargue de los niños, los padres aún deben pagar alimentos y cubrir sus gastos. En resumen, perder el control sobre los hijos no te quita el deber de mantenerlos.
Texto oficial
Artículo 285.- El padre y la madre, aunque pierdan la patria potestad quedan sujetos a todas las obligaciones que tienen para con sus hijos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.