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Artículo 285 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Aunque un papá o una mamá pierdan el derecho de cuidar y tomar decisiones por sus hijos (eso es la patria potestad), todavía tienen la obligación de mantenerlos, protegerlos y darles lo que necesiten. La ley dice que no se pueden librar de sus responsabilidades económicas y de cuidado solo porque ya no tengan la patria potestad. Por ejemplo, aunque otro familiar o el Estado se encargue de los niños, los padres aún deben pagar alimentos y cubrir sus gastos. En resumen, perder el control sobre los hijos no te quita el deber de mantenerlos.

Texto oficial

Artículo 285.- El padre y la madre, aunque pierdan la patria potestad quedan sujetos a todas las obligaciones que tienen para con sus hijos.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 36) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.