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Artículo 286 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tú eres la persona que provocó el divorcio (por ejemplo, porque hiciste algo malo como engañar a tu pareja), pierdes todo lo que te haya dado o prometido tu esposo(a), o incluso otra persona por cariño a él o ella. En cambio, el cónyuge que no tuvo la culpa se queda con lo que ya le dieron y también puede exigir que se cumpla lo que le prometieron a su favor. Básicamente, el que causa el problema se queda sin regalos ni promesas, y la otra persona sale ganando. Esto aplica solo para bienes o compromisos hechos por el matrimonio o por terceros en consideración al cónyuge inocente.

Texto oficial

Artículo 286.- El cónyuge que diere causa al divorcio perderá todo lo que se le hubiere dado o prometido por su consorte o por otra persona en consideración a éste; el cónyuge inocente conservará lo recibido y podrá reclamar lo pactado en su provecho.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 36) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.