- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2856
Artículo 2856 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La prenda es cuando dejas algo tuyo (como un coche, una joya o una herramienta) como garantía de que vas a pagar una deuda. Ese objeto se llama "bien mueble" porque se puede mover, y tiene que ser algo que puedas vender legalmente. Si no pagas, quien te prestó el dinero tiene derecho a quedarse con eso o venderlo para cobrar lo que le debes. Además, esa persona tiene preferencia para cobrar antes que otros acreedores.
Texto oficial
Artículo 2856.- La prenda es un derecho real constituido sobre un bien mueble enajenable para garantizar el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.