- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2866
Artículo 2866 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un bien que te dan como prenda (es decir, como garantía de un préstamo) es un crédito (como un pagaré o un contrato), y tú tienes el papel en tus manos, tienes la obligación de cuidarlo. Debes hacer todo lo necesario para que ese derecho de cobro no se eche a perder o pierda su valor. Por ejemplo, no puedes dejar que venza el plazo para cobrarlo o que no se pague a tiempo por tu descuido.
Texto oficial
Artículo 2866.- Siempre que la prenda fuere un crédito, el acreedor que tuviere en su poder el título, estará obligado a hacer todo lo que sea necesario para que no se altere o menoscabe el derecho que aquél representa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.