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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2866
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2866

Artículo 2866 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un bien que te dan como prenda (es decir, como garantía de un préstamo) es un crédito (como un pagaré o un contrato), y tú tienes el papel en tus manos, tienes la obligación de cuidarlo. Debes hacer todo lo necesario para que ese derecho de cobro no se eche a perder o pierda su valor. Por ejemplo, no puedes dejar que venza el plazo para cobrarlo o que no se pague a tiempo por tu descuido.

Texto oficial

Artículo 2866.- Siempre que la prenda fuere un crédito, el acreedor que tuviere en su poder el título, estará obligado a hacer todo lo que sea necesario para que no se altere o menoscabe el derecho que aquél representa.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 273) ↗

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