- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2899
Artículo 2899 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien pone una hipoteca sobre una casa o edificio que construyó en un terreno que no es suyo, esa hipoteca solo cubre la construcción, no el suelo donde está parada. Es decir, si se vende la propiedad para pagar una deuda, solo se puede rematar el edificio, pero el terreno sigue siendo de su dueño original. La persona que prestó el dinero no puede quedarse con el terreno aunque la construcción sea hipotecada.
Texto oficial
Artículo 2899.- La hipoteca de una construcción levantada en terreno ajeno no comprende el área.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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