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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2912
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2912

Artículo 2912 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando das varias propiedades como garantía de un préstamo (hipoteca), tienes que especificar qué parte del dinero prestado le toca a cada una. Así, cada propiedad solo responde por su porción, no por todo el crédito. Si quieres quitar la hipoteca de una de esas propiedades, puedes pagar solo la parte del préstamo que le corresponde a esa finca. No necesitas liquidar toda la deuda para liberar una sola propiedad.

Texto oficial

Artículo 2912.- Cuando se hipotequen varias fincas para la seguridad de un crédito, es forzoso determinar por qué porción del crédito responde cada finca, y puede cada una de ellas ser redimida del gravamen, pagándose la parte de crédito que garantiza.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 278) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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