- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2948
Artículo 2948 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
No puedes llegar a un acuerdo privado para cambiar tu estado civil (como si eres soltero, casado o divorciado) o para decidir si un matrimonio es válido o no. Esas cosas solo las puede resolver un juez mediante un juicio. Por ejemplo, no puedes firmar un papel con tu pareja para "terminar" el matrimonio sin ir a un tribunal.
Texto oficial
Artículo 2948.- No se puede transigir sobre el estado civil de las personas ni sobre la validez del matrimonio.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.