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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2948
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2948

Artículo 2948 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

No puedes llegar a un acuerdo privado para cambiar tu estado civil (como si eres soltero, casado o divorciado) o para decidir si un matrimonio es válido o no. Esas cosas solo las puede resolver un juez mediante un juicio. Por ejemplo, no puedes firmar un papel con tu pareja para "terminar" el matrimonio sin ir a un tribunal.

Texto oficial

Artículo 2948.- No se puede transigir sobre el estado civil de las personas ni sobre la validez del matrimonio.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 282) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.