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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2965
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2965

Artículo 2965 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien debe dinero y deja de pagar varias deudas que ya están vencidas, claras y que se pueden cobrar, se puede iniciar un proceso legal llamado concurso de acreedores. Eso significa que un juez revisa toda la situación económica del deudor para decidir cómo se les paga a los que le prestaron dinero (los acreedores). Solo un juez con autoridad puede declarar que el concurso empiece, y lo hará siguiendo los pasos que marca la ley de procedimientos civiles. En pocas palabras, es la manera ordenada de repartir lo que debe alguien cuando ya no puede pagar.

Texto oficial

Artículo 2965.- Procede el concurso de acreedores siempre que el deudor suspenda el pago de sus deudas civiles, líquidas y exigibles. La declaración de concurso será hecha por el juez competente, mediante los trámites fijados en el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. Artículo reformado DOF 14-11-2025

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 284) ↗

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