- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 3031
Artículo 3031 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para cancelar un asiento (como un aviso o registro) si ambas partes están de acuerdo, necesitan firmar un documento llamado escritura pública, que es como un contrato hecho ante un notario. O sea, no basta con que los dos digan "sí" de palabra o en un papel cualquiera; tiene que ser ante un fedatario público que le dé validez legal. Esto aplica cuando quieres borrar algo que estaba anotado en un registro, como una propiedad o un negocio. Así se aseguran de que todo quede bien claro y sin problemas después.
Texto oficial
Artículo 3031.- Para que el asiento pueda cancelarse por consentimiento de las partes, éste deberá constar en escritura pública. Artículo reformado DOF 18-01-1952, 03-01-1979
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.