- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 3038
Artículo 3038 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla de cómo se puede cancelar el registro de una hipoteca que se usó para garantizar pagarés o títulos que se pueden transferir con un endoso (firma al reverso). Hay dos formas: Primero, si presentas un documento notarial (escritura) donde conste que ya te pagaron la deuda, y en ese documento debe decir que los títulos se destruyeron en el momento de firmarlo. Segundo, si haces una oferta de pago ante un juez y depositas el dinero que se debe, siguiendo el procedimiento legal correspondiente. En resumen, para borrar la hipoteca necesitas probar que ya pagaste o que estás dispuesto a pagar legalmente.
Texto oficial
Artículo 3038.- La cancelación de las inscripciones de hipotecas constituidas en garantía de títulos transmisibles por endoso, pueden hacerse. I. Presentándose la escritura otorgada por la que se hayan cobrado los créditos, en la cual debe constar haberse inutilizado los títulos endosables en el acto de su otorgamiento; y II. Por ofrecimiento del pago y consignación del importe de los títulos, tramitados y resueltos de acuerdo con las disposiciones legales relativas. Artículo reformado DOF 18-01-1952, 03-01-1979
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.