Artículo 312 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando varias personas tienen la obligación de pagar la pensión alimenticia y todas pueden hacerlo, el juez va a dividir el costo entre ellas. El reparto se hace según cuánto dinero tiene cada una, o sea, quien gana más paga una parte más grande. Así nadie carga con toda la responsabilidad solo.
Texto oficial
Artículo 312.- Si fueren varios los que deben dar los alimentos y todos tuvieren posibilidad para hacerlo, el juez repartirá el importe entre ellos, en proporción a sus haberes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.