Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 363 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un adolescente (menor de edad) reconoce a un hijo, ese reconocimiento se puede cancelar si demuestra que lo hizo por equivocación o porque lo engañaron. La persona afectada puede pedir que se anule desde que cumple 18 años y hasta cuatro años después. O sea, tiene hasta los 22 años para reclamar si se dio cuenta del error o fraude. Esto aplica solo si el reconocimiento se hizo cuando era menor de edad.

Texto oficial

Artículo 363.- El reconocimiento hecho por un menor es anulable si prueba que sufrió error o engaño al hacerlo, pudiendo intentar la acción hasta cuatro años después de la mayor edad. Artículo reformado DOF 17-01-1970

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 44) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.