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Artículo 382 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un hijo nació fuera del matrimonio, la ley sí permite investigar quién es su papá. Esto aplica en estos casos: primero, si la mamá fue víctima de rapto, estupro o violación y el embarazo ocurrió en esa fecha. Segundo, si el hijo ya es reconocido socialmente como hijo de ese posible papá. Tercero, si la mamá vivía con ese señor como pareja cuando el bebé fue concebido. Y cuarto, si hay alguna prueba inicial, como cartas o testigos, que muestre que ese hombre es el padre.

Texto oficial

Artículo 382.- La investigación de la paternidad de los hijos nacidos fuera de matrimonio, está permitida: I. En los casos de rapto, estupro o violación, cuando la época del delito coincida con la de la concepción; II. Cuando el hijo se encuentre en posesión de estado de hijo del presunto padre; III. Cuando el hijo haya sido concebido durante el tiempo en que la madre habitaba bajo el mismo techo con el pretendido padre, viviendo maritalmente; IV. Cuando el hijo tenga a su favor un principio de prueba contra el pretendido padre.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 46) ↗

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