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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/421
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
421

Artículo 421 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Mientras un hijo o hija esté bajo la patria potestad (es decir, al cuidado y autoridad de sus padres o tutores), no puede salirse de la casa de quienes lo tienen a su cargo sin que ellos le den permiso o sin una orden de un juez. Esto aplica para menores de edad que aún viven con sus papás o tutores. Básicamente, los hijos no pueden irse a vivir a otro lado por su cuenta mientras estén bajo este cuidado legal.

Texto oficial

Artículo 421.- Mientras estuviere el hijo en la patria potestad, no podrá dejar la casa de los que la ejercen, sin permiso de ellos o decreto de la autoridad competente.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 52) ↗

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