- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 421
Artículo 421 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Mientras un hijo o hija esté bajo la patria potestad (es decir, al cuidado y autoridad de sus padres o tutores), no puede salirse de la casa de quienes lo tienen a su cargo sin que ellos le den permiso o sin una orden de un juez. Esto aplica para menores de edad que aún viven con sus papás o tutores. Básicamente, los hijos no pueden irse a vivir a otro lado por su cuenta mientras estén bajo este cuidado legal.
Texto oficial
Artículo 421.- Mientras estuviere el hijo en la patria potestad, no podrá dejar la casa de los que la ejercen, sin permiso de ellos o decreto de la autoridad competente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.