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Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
444 bis

Artículo 444 bis del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un papá o una mamá maltrata a su hijo o hija, ya sea directamente o usando a otra persona para hacerle daño, los jueces pueden quitarle o reducirle sus derechos como padre o madre. Esto aplica cuando hay violencia familiar, como golpes, insultos o amenazas, o cuando se usa a alguien más para cometer esa violencia. La ley lo dice clarito: si tú, como papá o mamá, haces esto contra tus propios hijos, pierdes el control sobre ellos.

Texto oficial

Artículo 444 bis.- La patria potestad podrá ser limitada cuando la persona que la ejerce incurra en conductas de violencia familiar y de violencia a través de interpósita persona previstas en los artículos 323 ter y 323 quáter de este Código, en contra de las personas sobre las cuales la ejerza. Artículo adicionado DOF 30-12-1997. Reformado DOF 17-01-2024

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 55) ↗

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