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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/482
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
482

Artículo 482 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 482 dice que se necesita un tutor legal en dos casos. Primero, cuando un niño o niña no tiene papás que ejerzan la patria potestad (es decir, que cuiden de él o ella) ni alguien que los haya nombrado en un testamento para ser su tutor. Segundo, cuando por un divorcio se tiene que nombrar a alguien que se encargue del menor, porque los papás ya no pueden hacerlo juntos. En pocas palabras, el tutor entra para cuidar y representar legalmente a un niño cuando sus papás no están o no pueden.

Texto oficial

Artículo 482.- Ha lugar a tutela legítima: I. Cuando no hay quien ejerza la patria potestad, ni tutor testamentario; II. Cuando deba nombrarse tutor por causa de divorcio.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 59) ↗

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