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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/484
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
484

Artículo 484 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando hay varios familiares con el mismo nivel de parentesco (como varios tíos o varios primos), el juez va a escoger al que considere más adecuado para ser tutor. Pero si el menor de edad ya tiene 16 años o más, entonces él mismo puede decidir quién quiere que sea su tutor entre esos familiares.

Texto oficial

Artículo 484.- Si hubiere varios parientes del mismo grado, el juez elegirá entre ellos al que le parezca más apto para el cargo; pero si el menor hubiere cumplido dieciséis años, él hará la elección.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 59) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.