- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 484
Artículo 484 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando hay varios familiares con el mismo nivel de parentesco (como varios tíos o varios primos), el juez va a escoger al que considere más adecuado para ser tutor. Pero si el menor de edad ya tiene 16 años o más, entonces él mismo puede decidir quién quiere que sea su tutor entre esos familiares.
Texto oficial
Artículo 484.- Si hubiere varios parientes del mismo grado, el juez elegirá entre ellos al que le parezca más apto para el cargo; pero si el menor hubiere cumplido dieciséis años, él hará la elección.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.