- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 509
Artículo 509 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien necesita un tutor, el juez debe encargarse de nombrarlo siguiendo las reglas que ya están escritas en la ley. El "artículo anterior" se refiere a las situaciones donde una persona no puede cuidar de sí misma, como por enfermedad o por ser menor de edad sin padres. Básicamente, la autoridad no puede hacer lo que quiera, sino que está obligada a seguir el procedimiento legal para proteger a esa persona. Esto evita que se tomen decisiones arbitrarias o que alguien quede desprotegido.
Texto oficial
Artículo 509.- En el caso de que trata el artículo anterior, se proveerá a la tutela conforme a la ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.