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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/514
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
514

Artículo 514 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un tutor (la persona encargada de cuidar a alguien que no puede hacerlo solo) tiene varias razones para no aceptar el cargo, debe decirlas todas al mismo tiempo y dentro del plazo que le hayan dado. Si solo dice una de esas razones, se considera que ya no quiere usar las otras. En pocas palabras, no puedes guardarte excusas para después; todo se dice de una vez.

Texto oficial

Artículo 514.- Si el tutor tuviere dos o más excusas las propondrá simultáneamente, dentro del plazo respectivo; y si propone una sola, se entenderán renunciadas las demás.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 63) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.