- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 516
Artículo 516 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el tutor que fue nombrado en un testamento se niega a cumplir su cargo, pierde automáticamente cualquier herencia o beneficio que el testador le haya dejado específicamente por ser tutor. Es como si te nombran encargado de cuidar a alguien y dices "no quiero", pues entonces también pierdes el regalo que te habían destinado por ese motivo. La ley no te deja quedarte con la recompensa si no haces el trabajo.
Texto oficial
Artículo 516.- El tutor testamentario que se excuse de ejercer la tutela, perderá todo derecho a lo que le hubiere dejado el testador por este concepto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.