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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/517
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
517

Artículo 517 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres tutor de alguien que no puede valerse por sí mismo y sin una razón válida (o después de que el juez haya rechazado tu excusa) no cumples con tu cargo, pierdes el derecho a heredar de esa persona si muere sin dejar testamento. Además, tendrás que pagar por cualquier daño o perjuicio que le hayas causado al incapaz por haber renunciado a tu obligación. Lo mismo aplica para la persona que debía ser tutor por ley: si el juez la cita legalmente y no se presenta a declarar su parentesco con el incapaz, también pierde el derecho a heredar y es responsable de los daños.

Texto oficial

Artículo 517.- El tutor que sin excusa o desechada la que hubiere propuesto no desempeñe la tutela, pierde el derecho que tenga para heredar al incapacitado que muera intestado, y es responsable de los daños y perjuicios que por su renuncia hayan sobrevenido al mismo incapacitado. En igual pena incurre la persona a quien corresponda la tutela legítima, si habiendo sido legalmente citada, no se presenta al juez manifestando su parentesco con el incapaz.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 63) ↗

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