- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 562
Artículo 562 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 562 dice que, si un juez le permite a un tutor (la persona que cuida a un menor o a alguien que no puede valerse por sí mismo) vender algo de la persona que está bajo su cuidado, es para usar ese dinero en algo muy específico, como pagar una deuda o una necesidad. El juez le va a dar al tutor un plazo para que demuestre que sí usó ese dinero en lo que se acordó. Si el tutor no lo invierte a tiempo, entonces se aplica otra regla (la del final del artículo 437), que normalmente exige que el tutor ponga el dinero en un banco o bajo la vigilancia del juez mientras no se use.
Texto oficial
Artículo 562.- Cuando la enajenación se haya permitido para cubrir con su producto algún objeto determinado, el juez señalará al tutor un plazo dentro del cual deberá acreditar que el producto de la enajenación se ha invertido en su objeto. Mientras que no se haga la inversión se observará lo dispuesto en la parte final del artículo 437.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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