- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 576
Artículo 576 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El tutor no puede regalar cosas, dinero o propiedades usando el nombre de la persona que tiene bajo su cuidado. Esto aplica aunque sea para hacer un favor o ayudar a alguien más. La razón es que los bienes del incapacitado deben usarse solo para cubrir sus necesidades, no para hacer regalos. Si el tutor lo hiciera, estaría actuando mal y podría tener problemas legales.
Texto oficial
Artículo 576.- El tutor no puede hacer donaciones a nombre del incapacitado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.