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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/576
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
576

Artículo 576 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El tutor no puede regalar cosas, dinero o propiedades usando el nombre de la persona que tiene bajo su cuidado. Esto aplica aunque sea para hacer un favor o ayudar a alguien más. La razón es que los bienes del incapacitado deben usarse solo para cubrir sus necesidades, no para hacer regalos. Si el tutor lo hiciera, estaría actuando mal y podría tener problemas legales.

Texto oficial

Artículo 576.- El tutor no puede hacer donaciones a nombre del incapacitado.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 69) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.