- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 652
Artículo 652 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El depositario tiene la obligación de cuidar lo que le encargaron como si fuera una persona responsable, y también puede usar esas cosas solo si el dueño se lo permite. Sus derechos y deberes son los mismos que los de un depositario que nombra un juez en un juicio, como guardar el objeto y devolverlo cuando se lo pidan. Si no cumple, puede meterse en problemas legales. En pocas palabras, debe cuidar lo ajeno con responsabilidad y no sacarle provecho sin permiso.
Texto oficial
Artículo 652.- Las obligaciones y facultades del depositario serán las que la ley asigna a los depositarios judiciales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.