- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 663
Artículo 663 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien es nombrado tutor de un menor o de una persona que no puede cuidarse solo, puede negarse a aceptar el cargo si tiene una razón válida. La ley permite excusarse, es decir, pedir no ser tutor, cuando se tenga un impedimento legal. Por ejemplo, si la persona es muy grande, está muy delicada de salud o ya tiene muchas responsabilidades, puede pedir que la releven de esa obligación. Basta con demostrar ante un juez el motivo por el que no puede hacerse cargo.
Texto oficial
Artículo 663.- Pueden excusarse, los que puedan hacerlo de la tutela.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.