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Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
677

Artículo 677 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien desaparece y no se sabe dónde está, el juez pide que se publiquen tres veces en el periódico un aviso sobre su ausencia. Esos avisos se ponen con quince días de diferencia entre cada uno, y también se les envía la información a los cónsules. Este mismo proceso se repite cada dos años, hasta que legalmente se considere que la persona probablemente falleció.

Texto oficial

Artículo 677.- La declaración de ausencia se publicará tres veces en los periódicos mencionados con intervalos de quince días, remitiéndose a los cónsules como está prevenido respecto de los edictos. Ambas publicaciones se repetirán cada dos años, hasta que se declare la presunción de muerte.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 79) ↗

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