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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/688
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
688

Artículo 688 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que cuando el negocio o la empresa está en una situación especial (como la que menciona el artículo 683), el administrador general es la persona que tiene que dar una garantía legal. La garantía legal es como un seguro o un respaldo que se deja para asegurar que se cumplirán ciertas obligaciones, por ejemplo, pagar lo que se debe. En pocas palabras, el que manda en la empresa es el responsable de poner esa fianza o respaldo.

Texto oficial

Artículo 688.- En el caso del artículo 683, el administrador general será quien dé la garantía legal.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 80) ↗

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