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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/715
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
715

Artículo 715 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si andas reclamando un derecho sobre algo que depende de que una persona haya existido, y esa persona no está registrada oficialmente, tienes que demostrar que esa persona estaba viva en el momento en que se necesitaba para obtener el derecho. Por ejemplo, si quieres heredar de alguien, pero no hay acta de nacimiento ni defunción, debes comprobar que esa persona vivía cuando debía para que tú heredaras.

Texto oficial

Artículo 715.- Cualquiera que reclame un derecho referente a una persona cuya existencia no esté reconocida, deberá probar que esta persona vivía en el tiempo en que era necesaria su existencia para adquirir aquel derecho.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 82) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.