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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/724
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
724

Artículo 724 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando creas un patrimonio familiar, los bienes que metes ahí siguen siendo tuyos, no se los pasas a tu familia. Tus familiares solo tienen derecho a usarlos y disfrutarlos, no a ser dueños de ellos. Eso significa que pueden vivir en la casa o usar lo que está ahí, pero la propiedad sigue siendo tuya. Los detalles de cómo lo disfrutan están explicados en el siguiente artículo de la ley.

Texto oficial

Artículo 724.- La constitución del patrimonio de la familia no hace pasar la propiedad de los bienes que a él quedan afectos, del que lo constituye a los miembros de la familia beneficiaria. Estos sólo tienen derecho a disfrutar de esos bienes, según lo dispuesto en el artículo siguiente.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 83) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.