Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/739
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
739

Artículo 739 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien debe dinero, no puede hacer un patrimonio familiar para esconder sus bienes y no pagar. El patrimonio de la familia solo sirve para proteger la casa y lo necesario para vivir, pero no para engañar a quienes le prestaron lana. Si un juez descubre que lo hiciste a propósito para no pagar, puede anularlo. En corto: no puedes usar esta figura legal para quedarte con los bienes y dejar a tus acreedores sin su dinero.

Texto oficial

Artículo 739.- La constitución del patrimonio de la familia no puede hacerse en fraude de los derechos de los acreedores.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 85) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.