- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 739
Artículo 739 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien debe dinero, no puede hacer un patrimonio familiar para esconder sus bienes y no pagar. El patrimonio de la familia solo sirve para proteger la casa y lo necesario para vivir, pero no para engañar a quienes le prestaron lana. Si un juez descubre que lo hiciste a propósito para no pagar, puede anularlo. En corto: no puedes usar esta figura legal para quedarte con los bienes y dejar a tus acreedores sin su dinero.
Texto oficial
Artículo 739.- La constitución del patrimonio de la familia no puede hacerse en fraude de los derechos de los acreedores.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.